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La inversión en patrimonio – Ciudad Vieja y Barrio de las Artes en Montevideo
La inversión en patrimonio
por Facundo de Almeida
Es habitual que los depredadores patrimoniales esgriman, como argumento para defender la demolición indiscriminada, que la protección atenta contra el desarrollo, genera desempleo, y hasta puede causar la ruina de las ciudades o países que siguen ese camino.
En m2 hemos presentado innumerables casos que demuestran lo contrario, es más, desde el punto de vista estrictamente económico es evidente que lo racional es preservar y revitalizar el patrimonio arquitectónico. Recordarán los lectores el estudio realizado por las autoridades de Cartagena de Indias que identificaba las distintas formas en las que los inmuebles patrimoniales generan valor.
Pero cuando esto lo afirman dos desarrolladores que se dedican a promover negocios vinculados a la revitalización del patrimonio arquitectónico, que les va muy bien y hacen que les vaya bien a sus clientes, el mensaje adquiere otra dimensión. Se trata de Olenka y Jesper Bethe. Ella es arquitecta de origen peruano, formada en la UBA y especializada en su Estados Unidos natal, y él, un danés que luego de trabajar años para una naviera abrazó el negocio del patrimonio arquitectónico.
Son un matrimonio que vivió en Buenos Aires, donde realizaron restauraciones en Palermo, y finalmente decidieron recalar en Montevideo, y hoy su empresa, Urban Heritage, es uno de los principales actores privados en el proceso revitalización del casco antiguo de la capital uruguaya.
Cuando se trata de patrimonio arquitectónico, hasta para hacer negocios es evidente que hace falta apasionarse, aunque sin perder la frialdad necesaria para evaluar la rentabilidad del proyecto. Los fundadores y gestores de este emprendimiento lo demuestran en cada frase, y con argumentos bien alejados del sentimentalismo y fundados en premisas básicas de la economía.
“Los inmuebles patrimoniales son escasos –cada vez más–, singulares, irreproducibles y los que merecen ser revitalizados, de alta calidad, frente a la arquitectura contemporánea que se puede reproducir, cada vez hay más, y a excepción de algunos casos es, en general, de baja calidad. Es lógico entonces que un bien escaso e irreproducible con el tiempo adquiera más valor frente al otro cuyo oferta aumenta, y por el contrario su precio tienda a decrecer”, afirma Bethe.
También aclara que para que eso sea cierto debe restaurarse a conciencia y conservarse al máximo el edificio original, y así lo expresa: “Aunque la normativa me permita agregar metros, si esos metros quitan calidad o esencia al inmueble prefiero construir menos pero no desvalorizar el conjunto”.
Coincide con Olenka en que actualmente es mejor negocio invertir en el casco histórico de Montevideo que en Punta del Este, donde los precios ya están consolidados. La rentabilidad que hoy están manejando es de entre un 8 y 10 por ciento si se trata de alquilar el bien restaurado, y del ciento por ciento en tres años en caso de venta o de un 150 en cinco años.
Las razones, para ellos, son sencillas de explicar: fuerte protección en el área que impide que al lado de un edificio patrimonial se construya uno nuevo en altura, reglas claras en cuanto a qué se puede hacer y qué no, y una legislación de aplicación más general, pero útil para este tipo de proyectos: la ley de promoción de las inversiones.
Esta ley beneficia al inversor con importantes descuentos en el IVA aplicable a todos los costos del proyecto; concede una reducción más que significativa en el impuesto a la renta; mantiene la valuación fiscal del momento de la compra durante 8 años, y prevé la devolución de impuestos en certificados fiscales que luego pueden ser aplicados al pago de otras cargas impositivas o laborales.
Pero para que este negocio sea rentable a largo plazo –dicen– debe cuidarse el barrio y no pensar sólo en el edificio en el que uno está invirtiendo. Para ellos, los barrios que funcionan son los que tienen una población heterogénea, con todos los niveles socioeconómicos representados y con un equilibro entre usos comerciales y de vivienda.
Es allí donde entran a jugar un rol significativo los proyectos cooperativos financiados por el Estado, que recuperan inmuebles patrimoniales, conservando sus características, pero con el destino de transformarse en vivienda social. Esto se hace generalmente a través de programas de autoconstrucción, y que contribuyen a evitar la expulsión de población de menores ingresos. También los subsidios de la Intendencia de Montevideo, que le permite al ciudadano común arreglar un baño, una cocina, una fachada, un problema de humedad y así mejorar su calidad de vida y la del barrio, aportan en ese sentido.
El casco histórico de Montevideo es diferente de otros que han perdido a su población y hoy son, en el mejor de los casos, salas de museo al aire libre. Este es un barrio vivo. Allí se concentra la actividad bancaria y financiera, buena parte de la administración pública, representaciones diplomáticas, la actividad portuaria y sus derivados, tiene una altísima concentración de propuestas culturales, con más de una veintena de centros culturales y museos en unas pocas manzanas, y existen numerosos comercios pequeños y una población que si bien decreció en los últimos años, parecería que tiende a estabilizarse e incluso se vuelve a nutrir y a diversificar.
Tienen además una gran aceptación entre los turistas, algo que entusiasma a Bethe. Según estudios realizados en 2011 por el Ministerio de Turismo y Deporte y el Programa de Revitalización de la Ciudad Vieja, para el 75 por ciento de los entrevistados los principales atractivos son historia y arquitectura, y un 88 por ciento de los encuestados afirmó que volvería. “Una tasa de retorno potencial que cualquier marca, producto o ciudad desearía tener”, afirma el desarrollador.
Hoy este sector de la ciudad de Montevideo tiene una treintena de proyectos de restauración en marcha, según los datos que maneja la Comisión Especial de Patrimonio de la Ciudad Vieja. A estos se suman otros en el límite con Barrio Sur, donde la intendencia impulsa el “Barrio de las Artes”, algunos ya terminados y en funcionamiento, como el Hotel Cervantes y otros en marcha, entre los que destacan la próxima sede del Banco de Desarrollo de América Latina-CAF y el futuro Museo de las Ciencias que impulsa el Ministerio de Educación y Cultura y el Hotel Soriano.
Queda claro que una fuerte presencia del Estado no es incompatible con este negocio, sino por el contrario una base sólida para su desarrollo, porque requiere que se preserven los inmuebles, no se altere el ejido, se mantenga el perfil urbano y se regulen los usos. Y el negocio es de los inversores, pero también de la comunidad en su conjunto.
(Publicado en el diario Página/12 el 26-5-2012).
Muestra y charla de zoológicos humanos
Muestra y charla de zoológicos humanos
Rareza. El MAPI presenta una exposición sobre la práctica histórica de exhibir aborígenes
El MAPI inaugura la exposición “Memoria del Fuego” en Tacuarembó
El MAPI – Museo de Arte Precolombino e Indígena produjo, con la colaboración del prestigioso escritor EDUARDO GALEANO, la exposición “Memoria del Fuego”, que se inaugura el próximo 8 de mayo en la Casa de la Cultura de Tacuarembó.
El escritor proveyó los documentos y materiales -textos, audios, videos, fotos, manuscritos y críticas literarias- que permitirán a los visitantes acercarse de otro modo a esta destacada trilogía de la literatura latinoamericana.
En 2012 se cumple los primeros 30 años desde la primera edición.La muestra se completa, a su vez, con los dibujos originales que el gran artista argetino LUIS FELIPE NOÉ realizó para una edición de “Memoria del Fuego” publicada años atrás por el diario Página/12.
Los visitantes podrán leer fragmentos de la obra de Galeano, escuchar su voz leyendo pasajes del libro, admirar sus manuscritos reproducidos en indigrafía y descrubrir en la algunas páginas el proceso de escritura, y ver entrevistas y videos inspirados en esta obra.
La producción de esta exposición se realizó con el apoyo de los Fondos Concursables del Ministerio de Educación y Cultura de Uruguay y se inaugurará en primer lugar en la ciudad de Tacuarembó, para luego ser exhibida en Rivera. Llegará a Montevideo en julio donde será presentada en el MAPI, durante julio y agosto, y luego recorrerá las ciudades de Rocha y Maldonado, para concluir el año en la Fería del Libro de San José.
Más información en: www.mapi.org.uy
El Parking de la República
La imaginación de los depredadores patrimoniales y sus socios funcionarios públicos no tiene límites. La última ocurrencia está contenida en la ordenanza 4425 de San Miguel de Tucumán, que elimina los pulmones de manzana. Esos espacios creados por mentes lúcidas que buscaban evitar el impacto de la construcción en las ciudades y brindar luz y aire a los ambientes del contrafrente de los inmuebles, entre otras ventajas para el medio ambiente, ahora pretenden eliminarlos para que allí también se pueda construir o transformarlos en estacionamiento.
El delirio es tal que el Colegio de Arquitectos de la provincia solicitó a la Justicia que se declare la inconstitucionalidad de la norma, y para hacerlo sumó los argumentos de la Facultad de Arquitectura, que con demostraciones históricas, patrimoniales y ambientales, pide que se preserven esos espacios libres.
El dictamen de las arquitectas Daniela Moreno y Olga Paterlini establece que, de acuerdo con el Código de Planeamiento Urbano, el pulmón de manzana constituye uno de los elementos integrantes del espacio urbano de la ciudad, con igual jerarquía que espacios como la vía pública, y que su alteración pone en peligro el patrimonio urbano-arquitectónico de la ciudad histórica.
La ocupación de ese espacio libre transformará a la capital del “Jardín de la República” en una ciudad más caliente, gris, ruidosa, contaminada e inundable.
El abogado Luis Rodríguez Vaquero se presentó en nombre de los arquitectos ante la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, con un recurso de amparo que pide a la Justicia que prohíba la aplicación de esa norma. El titular del Colegio de Arquitectos explicó que “el centro de manzana es el espacio parquizado en el interior de las manzanas que cumple la función de pulmón verde y de terreno absorbente y que garantiza la calidad ambiental, particularmente en los distritos residenciales y de áreas especiales”.
El polígono que establece la ordenanza incluye la parte central de la capital y las avenidas Mate de Luna, Sarmiento, Avellaneda, Sáenz Peña y Soldati, unas 450 hectáreas, cuyos espacios libres actuales ascienden a “un total de 290 mil metros cuadrados (29 hectáreas) de espacio urbano descubierto que podría desaparecer como tal”, según expresan los informes técnicos.
Estas dimensiones, multiplicadas por la cantidad de metros que puede construirse en cada una de las parcelas y a su vez por el valor de mercado, representan una plusvalía que tal vez explique los millones de motivos que hubo para tomar la decisión.
Las consecuencias ambientales, según un informe del arquitecto Guillermo Gonzalo, serían la disminución de la superficie verde produciendo diversos problemas ambientales y funcionales: microclima urbano (isla de calor), mayor cantidad de vehículos con el consecuente incremento de los niveles sonoros y de la emisión de dióxido de carbono (gas que más contribuye al calentamiento del planeta y al cambio climático).
El propio sitio web del Honorable Concejo de Deliberante de Tucumán (http://www.smtucuman.gov.ar/index.htm) parece, irónicamente y sin quererlo, confirmarnos la razón por la que los concejales votaron de ese modo: la única información que pudimos obtener es que están “En construcción”.
Cuando la tendencia mundial en las áreas centrales y los cascos históricos es la prohibición o disminución del ingreso de automóviles, las autoridades tucumanas se han empeñado en convertir a la ciudad en el “Parking de la República”.
(Publicado en el diario Página/12 el 21-4-2012).
Los desafios de la Comisión de Patrimonio
La deteriorada imagen del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP) –con algunas honrosas excepciones, como las de la secretaria general de la Comisión para la Preservación Histórico Cultural de la Ciudad de Buenos Aires, la licenciada Mónica Capano– refleja el estado de ausencia en el que se encuentran los organismos de patrimonio porteño, que han perdido prestigio y potencia en los últimos años.
La Comisión de Patrimonio Arquitectónico y Paisajístico de la Legislatura nació en 2005, luego de que la entonces diputada y primera presidenta de ese órgano parlamentario, Teresa de Anchorena, les propusiera la creación a sus pares. En los primeros cuatro años de funcionamiento no sólo logró consolidarse como espacio institucional dentro de la propia Legislatura sino como interlocutor con el Poder Ejecutivo y con las organizaciones de ciudadanos, e impulsar más leyes patrimoniales que todas las aprobadas en los diez años anteriores desde que fue sancionada la Constitución local.
La gestión siguiente a cargo de Patricio Di Stefano –hoy subsecretario de Espacio Público–, si bien fue un poco más limitada en su accionar, sobre todo porque su nuevo presidente pertenecía al oficialismo, también tuvo méritos destacables como la protección de la city porteña. Terminó el año pasado un poco deslucida, cuando el ex legislador retiró su firma del despacho de la ley que prorrogaba la protección preventiva de los edificios anteriores a 1941.
El resto de la historia es conocida, el bloque del PRO evitó que se aprobara esa ley, la Justicia finalmente aceptó una medida cautelar para mantener su vigencia y el gobierno porteño no cuestionó esa decisión. Esta semana comenzó el nuevo período parlamentario en la Legislatura porteña y en el discurso del jefe de Gobierno no aparece ni una sola referencia al patrimonio arquitectónico. Mala señal…
En este contexto debe asumir la nueva o el nuevo presidente de la comisión y, según fuentes legislativas, dicha designación recaería en la diputada Diana Martínez Barrios. Su formación –es profesora de Ciencias biológicas y naturales– y trayectoria no permiten dilucidar cuál será el enfoque que le dará a la comisión, pero es algo que con el correr de las semanas podremos analizar. La tarea que tiene por delante es muy ardua.
Los conflictos patrimoniales no cesaron ni con el verano. La situación de los inmuebles de Sucre 2625, Terrero 279, Sánchez de Bustamante 2558 y la Casa Suiza; la destrucción del Area de Protección Histórica provocada con la construcción de la estación de subte en Plaza Francia, que denunció Basta de Demoler, son sólo algunos ejemplos. Sin embargo, es solamente una parte de labor que deberá realizar.
En lo estrictamente parlamentario, la comisión deberá impulsar la prórroga de leyes de protección de los edificios anteriores a 1941; elaborar el régimen de sanciones de la ley 1227, cuya obligación legal de hacerlo está pendiente desde hace 9 años; tratar la segunda lectura de la Ley de Transferencia de la Capacidad Constructiva y de la ampliación de la APH 2 “Parque 3 de Febrero”, entre otras normas de relevancia; intervenir en la escandalosa situación que vive el CAAP –con un último capítulo en el que se opusieron a proteger el Pasaje Anasagasti–, modificando su reglamento y composición; y dictaminar sobre la expropiación de la Confitería del Molino, entre muchas otras cuestiones.
(Publicado en el diario Página/12 el 10-3-2012).
Justicia ejemplar
La medida precautelar dictada la semana pasada por la doctora Andrea Danas, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 9 de la Ciudad de Buenos Aires, sería sorprendente si no fuera porque está firmada por una jueza que nos tiene acostumbrados a las decisiones acertadas en defensa del patrimonio cultural. No por ello deja de ser ejemplar. La misma magistrada prohibió el año pasado que se siguieran otorgando permisos de obra en Villa Pueyrredón, luego de que se aprobara la ley inicial que bajaba ahí las alturas, a pesar de que aún esa modificación del Código de Planeamiento Urbano no tenía sanción definitiva en la Legislatura.
Este criterio se remonta a unos años atrás, cuando la entonces diputada Teresa de Anchorena presidía la Comisión de Patrimonio Arquitectónico de la Legislatura, y dejó dos precedentes que fueron una revolución copernicana en materia de preservación arquitectónica. El primero fue aplicado por el juez Gallardo en el caso del edificio de Montevideo 1244 y tuvo que ver con una interpretación del Código de Planeamiento Urbano y de la Ley 1227. Hasta ese momento, la protección de los edificios que se encontraban en proceso de catalogación sólo se concretaba cuando el subsecretario de Planeamiento Urbano dictaba una resolución incorporando el inmueble al catálogo preventivo. Esto sucedía cuando el proyecto de catalogación se originaba en el Poder Ejecutivo o cuando un proyecto iniciado en la Legislatura obtenía dictamen favorable del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales.
En la práctica eso significaba que el Poder Ejecutivo era el que definía qué se catalogaba y qué no, y si el inmueble a catalogar estaba efectivamente en peligro el proyecto de ley presentado por un diputado era, habitualmente, la partida de defunción. Es que el interesado en demolerlo corría a pedir permiso para destruirlo en cuanto se enteraba de la intención de preservarlo.
Esto se resolvió porque los jueces compartieron este argumento: si otro poder –el Ejecutivo– permitía demoler un edificio que estaba en estudio de la Legislatura y cuando llegaba el momento de votarse la ley el bien ya no existía, se estaba cercenando la facultad de los legisladores a legislar.
El otro gran cambio fue la Ley 2548, luego ampliada y prorrogada. Esta ley cambió de cuajo el modo de proteger, para un universo que comprende los edificios construidos antes de 1941. Hasta 2007 se presumía que los edificios existentes en la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera fuera su antigüedad o características, no tenían valor arquitectónico hasta que no se demostrara lo contrario.
La demostración exigía un largo proceso, incluyendo la sanción de una ley mediante el procedimiento de doble lectura. En mitad de ese proceso podían aparecer sorpresas como las relatadas en párrafos anteriores: si al subsecretario de turno se le ocurría no dictar la resolución de protección preventiva o al Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales
–organismo ad honorem y bastante sui generis en su conformación– le parecía que el edificio no tenía valor, ni siquiera la Legislatura en pleno podía salvarlo.
La Ley 2548 estableció el criterio contrario. Todos los edificios que se encontraran dentro del polígono que se pretendía declarar como Patrimonio Mundial y que fueran anteriores a 1941 –este criterio se amplió luego a toda la ciudad–, los que estuvieran relevados como “representativos” por el Ministerio de Cultura, y los que hubieran obtenido Premios
Municipales, se presumía que podían tener valor, hasta que mediante un trámite breve no se demostrara lo contrario.
Esta ley y sus modificatorias plantearon entonces que determinados inmuebles, con características previamente establecidas, posiblemente tuvieran valor patrimonial, y que, por lo tanto, ameritaba otorgarles una protección preventiva. Esto no quería decir que todos los inmuebles anteriores a 1941 fueran valiosos ni que entre los posteriores a esa fecha no pudiera haber edificios que merecen ser protegidos.
La decisión de la jueza, que prohibió al Poder Ejecutivo porteño otorgar permisos de obra en edificios anteriores a 1941, se fundamenta en esta ley, y en que “de la lectura de los proyectos de ley agregados a fs. 46/69 se advierte que la catalogación de la totalidad de los inmuebles cuyos planos hayan sido registrados antes del 31 de diciembre de 1941, no se encuentra concluida”. Es decir que, por responsabilidad del Ministerio de Desarrollo Urbano, no se ha concluido con el cometido de esa ley, y la jueza advierte que “la inminente expiración del sistema de protección de la Ley 2548 podría acarrear una desmedida solicitud de pedidos de demolición de inmuebles con el objeto de construir nuevos edificios”.
Lo que deja en claro el fallo es en primer lugar la responsabilidad del Estado en la protección del patrimonio arquitectónico, como parte integrante del derecho al medio ambiente, a pesar de que muchos aún piensan que se trata de una facultad discrecional y no de una obligación constitucional. El otro gran hallazgo de esta medida es que solicita
conocer el estado parlamentario de los proyectos de ley que se presentaron para prorrogar la Ley 2548. Es claro que si se comienzan a otorgar permisos de demolición sobre bienes amparados en esta ley, una vez más se estará impidiendo que los legisladores cumplan con su función natural. Finalmente, hay un detalle que no es menor. La jueza permite
que se autoricen obras sobre bienes que el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales estime que no poseen valor patrimonial y la realización de intervenciones conservativas para garantizar la vida o la salud de las personas.
Pero seguramente advertida de la mala fama que se ganó el CAAP en los últimos tiempos y que los supuestos riesgos de derrumbe han sido la excusa perfecta para llamar a la Guardia de Auxilio y demoler edificios patrimoniales, es que en el mismo fallo exige que esas situaciones se le comuniquen al juzgado en el término de cinco días. No vaya a ser que el Poder Ejecutivo utilice esos mecanismos como válvula de escape para autorizarles demoliciones a los depredadores patrimoniales.
(Publicado en el diario Página/12 el 31-12-2011).
Registrar para proteger
Más de una vez nos referimos en esta columna al incumplimiento del Ministerio de Cultura porteño en la implementación del artículo 10º de la ley 1227, que creó la Unidad Técnica de Coordinación Integral de Catálogos, Registros e Inventarios (Utcicri).
La Utcicri es un registro de registros, allí deberían estar inscriptos todos los bienes culturales de la ciudad. Esto es: los inmuebles catalogados por aplicación del Código de Planeamiento Urbano, los que tienen declaratorias nacionales en el marco de la ley 12.665, los que expresamente fueron declarados en las categorías de la ley 1227 y todos los bienes culturales registrados en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Esto último por aplicación del artículo 9º, inc. b) de esa misma ley.
En esta última categoría entran cientos de miles de bienes que hoy deberían estar registrados y protegidos y que no lo están por la desidia de las autoridades que tienen la obligación de aplicar esta norma.
La Utcicri fue creada luego de que la entonces diputada Teresa de Anchorena presentara un recurso de amparo, pero no pasó de un acto formal y nunca se puso en práctica y menos se hizo pública como manda la ley.
Todo esto, que parece un formalismo burocrático, es algo muy grave porque provoca que numerosos bienes hoy estén virtualmente desprotegidos y que se produzcan casos como el cierre de la confitería Richmond.
La inexistencia de esta Unidad Técnica impide que se protejan, entre otros, todos los bienes que están o deberían estar inscriptos en registros, creados por ley, por su valor patrimonial.
Varios son los registros que están en esta situación: el de bares y confiterías notables (ley 35), los murales (leyes varias), el de cúpulas y encoronamientos notables (ley 2541), y el de calesitas y carrouseles (leyes 2554 y 3217).
En el caso de las cúpulas la gravedad es mayor porque ni siquiera se ha creado el registro que ordena la ley, a pesar de que un estudio de arquitectura le hizo llegar en 2008 un pormenorizado relevamiento al ministro Lombardi. Cada edificio que se demuela con una cúpula o encoronamiento notable en la ciudad es, desde 2007, responsabilidad directa de las autoridades del Ministerio de Cultura.
Por este incumplimiento ha sido necesario que se aprueben leyes como la impulsada por el diputado Cabandié, que comentamos la semana pasada, en la cual se dispone la catalogación de varios edificios por el valor de sus cúpulas. Una vez más la Legislatura se ocupa de cubrir los “baches” que deja el Poder Ejecutivo porteño.
(Publicado en el diario Página/12 el 17-12-11).
Patrimonio de Todos
Esta semana, el Programa de Revitalización de la Ciudad Vieja de Montevideo presentó el Inventario de Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico que actualiza los relevamientos realizados en 1983 y 2000, pero suma además antecedentes históricos.
Se trata de un estudio pormenorizado de cada una de las parcelas de la Ciudad Vieja, accesible en su totalidad a través de Internet (http://www.inventariociudadvieja.montevideo.gub.uy/), que permite obtener información actualizada de todas las parcelas y tramos de calles del Area Patrimonial Ciudad Vieja, con un total de 1906 fichas y 270 de tramos de espacios públicos.
Contiene no sólo información arquitectónica de cada uno de los inmuebles protegidos sino que incorpora además un campo de registro del patrimonio arqueológico y otro del patrimonio inmaterial asociados a cada bien; el registro fotográfico de la fachada, los elementos significativos y el tramo urbano en su estado actual.
Incluye también información gráfica de los antecedentes provenientes del Inventario realizado en el año 2000, del primer inventario efectuado en 1983, y fotografías antiguas del acervo del Centro Municipal de Fotografía (CMDF), y de otras fuentes documentales; y permite acceder al Plan Especial de Ordenación, Protección y Mejora de Ciudad Vieja y al Sistema de Información Geográfica de la Intendencia de Montevideo, donde figura información urbanística completa referida al bien y la vincula con la cartografía en Google Earth.
El sistema permite también ingresar a través de los planos del polígono en los cuales, mediante la selección de una serie de opciones, se pueden resaltar las parcelas según diferentes criterios: estado de conservación del inmueble –interior y exterior–, grado de protección –de acuerdo con los cuatro niveles previstos en la legislación local–, titularidad del dominio –público o privado–, uso global –original y actual–, y usos por planta de cada inmueble.
Esta iniciativa que fue coordinada por el arquitecto Ernesto Spósito de la Intendencia de Montevideo y por la arquitecta Laura Cesio de la Universidad de la República, contó con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y del Fondo Especial del Japón.
Se trata de una herramienta fundamental para diseñar el Plan de Revitalización de la Ciudad Vieja, tarea que ya emprendieron y para la que también realizaron un censo de población y de la actividad económica del área, y un estudio sobre los consumos turísticos.
El inventario incluye también los criterios de valoración; referencias explicando cada uno de los términos técnicos que se utilizan para que la información sea accesible a expertos y legos; y una amplia bibliografía que deja en claro la profunda investigación y el respaldo conceptual de cada una de las conclusiones que allí se expresan.
Pero se trata también de un ejemplo de acceso a la información pública, que pone en manos del conjunto de la ciudadanía la totalidad de la información relevada de la zona.
La importancia que las autoridades le otorgan al tema quedó demostrada por la presencia en el acto de lanzamiento del secretario general de la Intendencia de Montevideo, Ricardo Prato, y del alcalde de la zona, Carlos Varela.
Un buen ejemplo del que Buenos Aires debería aprender, en lugar de seguir penando por la necesidad de prorrogar la ley 2548 –con un inventario nunca terminado–, o por un registro de bienes patrimoniales exigido por la ley 1227, pero jamás implementado.
El ejemplo montevideano, realizado gracias al trabajo en equipo entre la Intendencia –interactuando el Departamento de Planificación, la División Planificación Territorial, la Unidad de Protección del Patrimonio Urbanístico, Edilicio y Ambiental, la Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja, la División Tecnología de la Información, la División Información y Comunicación, y el Servicio de Información Geográfica– y la Facultad de Arquitectura de la Universidad de la República, deja en claro que la mayoría de las veces no se trata de falta de recursos sino de decisión política y capacidad de gestión.
(Publicado en el diario Página/12 el 19-11-2011).
Patrimonio escolar
En una de las pocas reuniones del complicado año electoral, esta semana la comisión de cultura de la Cámara de Diputados dio vía libre a una serie de proyectos de protección de edificios escolares, declarándonos parte del Patrimonio Cultural de la Nación. Las iniciativas de la diputada Adriana Puiggrós incluyen la Escuela Normal Mixta Joaquín V. González ubicada en Chilecito, La Rioja –en este caso hay otro proyecto del diputado Martínez–; el Complejo Social Educativo Escuela Hogar Evita, de la provincia de Buenos Aires; la Escuela Normal Domingo Faustino Sarmiento, de Chivilcoy; la Escuela Normal Mixta de Viedma, Río Negro; y la Escuela Normal Doctor Juan Pujol, de Corrientes.
Estas propuestas responden a los reclamos ciudadanos, que a lo largo del año se sucedieron en La Rioja, Córdoba y otras provincias. Son también consecuencia lógica de la luz que echó sobre este tema el pormenorizado estudio de los arquitectos Fabio Grementieri y Claudia Schmidt, que dio lugar al libro Arquitectura, educación y patrimonio. Argentina 1600-1975. Esa obra permitió comprender y valorar la real magnitud del complejo sistema de edificios escolares que a lo largo de la historia del país se fueron construyendo en todo el territorio, verdaderas joyas por el valor y calidad arquitectónica, pero también testimonios materiales de diversas etapas de la política educativa nacional.
La sanción de estas leyes será también una manera de reivindicar la lamentable actuación en torno de la alteración irreparable de la Escuela Normal de La Rioja, donde funciona un shopping bautizado con el eufemístico nombre de “Paseo Ramírez Cultural y de Entretenimiento”. Los lectores de m2 recordarán que el proyecto de ley de declaración como monumento histórico nacional naufragó en una escandalosa sesión en la que diputados riojanos interrumpieron el tratamiento –que ya contaba con dictamen favorable de las comisiones de Cultura, Educación y Presupuesto–, indicando que el gobierno provincial se había comprometido a preservar el uso educativo y que la declaratoria en el marco de la Ley 12.665 implicaba una “expropiación”.
Lo primero fue un engaño que la realidad se ocupó de desmentir –el edificio ya no funciona como escuela y los niños fueron trasladados a otro edificio–, y lo segundo es una aberración jurídica, porque de ningún modo una declaración como monumento tiene algo que ver con una expropiación. Pero esas palabras en medio de una sesión complicada fueron suficientes para que se levantaran los diputados y la falta de quórum impidiera que se vote aquella ley que hubiera salvado la escuela. Esperemos que esta vez los proyectos de ley se sancionen y permitan proteger las escuelas y otros bienes arquitectónicos.
Durante el tratamiento de estas leyes, las autoridades deberían dictar medidas de protección preventiva para evitar situaciones como las de La Rioja. En consonancia con los antecedentes de la Ciudad de Buenos Aires, en los que la Justicia determinó que alterar o destruir un bien que se encuentra en proceso de protección implica no sólo un daño irreparable al patrimonio sino también un acto inconstitucional, porque impediría –en este caso al Congreso– ejercer las facultades legislativas que le son propias.
Donde hubo teatro…
En esta misma columna nos referimos hace algunas semanas a la Ley 14.800, esa que se aprobó en 1959 y nunca se reglamentó, y que obliga a que donde hubo un teatro, se deba hacer otro si se demuele. En esa oportunidad mencionábamos al prestigioso jurista Beltrán Gambier, que desempolvó esa norma para que se respete y se construya una sala donde alguna vez estuvo el Teatro Odeón, pero esa vez lo mencionábamos por sus logros en España, donde reside.
En tierras madrileñas obtuvo un fallo histórico del Tribunal Supremo, donde le explicaba al Ministerio de Educación y Cultura –algo que por estas playas muchos no entienden– que el patrimonio es –conceptualmente– de todos, y “todos” significa que los ciudadanos pueden reclamar que tal o cual bien se proteja. Y el Estado debe cumplir con su obligación de garantizar el ejercicio de un derecho humano y constitucional: la preservación del patrimonio cultural.
Esa misma ley fue el argumento que la Justicia porteña adoptó para homologar el acuerdo que impidió la demolición del teatro El Picadero y que obliga al propietario del predio a restaurarlo y entregarlo en comodato al Gobierno de la Ciudad, tal como se comprometió en sede judicial. Por ahora vemos relucir el edifico de la esquina de Corrientes y Riobamba, pero el teatro sigue tapiado como hace tiempo.
Esta norma se aplica ahora al predio de Bartolomé Mitre 1444, nuevo emprendimiento en formato torre, que Basta de Demoler incluyó en un informe –negativo, obviamente– de junio de 2010.
En este caso, al menos, alguien se tomó el trabajo de analizar la legislación vigente y se dieron cuenta que un incendio no era suficiente argumento para vulnerar la exigencia de reconstruir una sala teatral en el predio.
Allí funcionó el Teatro Argentino, una joya que en el amanecer del 2 de mayo de 1973 fue incendiada por un grupo de fanáticos que buscó y logró impedir la puesta en escena de la obra Jesucristo Superstar.
Originalmente se había bautizado como Teatro de la Zarzuela, que se inauguró el 25 de mayo de 1898, y que en los ‘60 compró Alejandro Romay, dándole su propio perfil con obras como El violinista en el tejado y Hair. En ese predio que luego fue incendiado, y en el que hasta funcionó un estacionamiento –igual destino que el predio del Teatro Odeón–, se levantará una torre, que albergará una sala teatral de mil metros cuadrados, según anuncios públicos, administrada por el Ministerio de Cultura de la Ciudad.
(Publicado en el diario Página/12 el 22-10-2011).
